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PLUSVALÍA MUNICIPAL

 En el día de hoy, mediante la nota informativa 99/2021, se ha dado a conocer la parte dispositiva de una Sentencia del Tribunal Constitucional por la que se declara inconstitucional el Impuesto sobre el Incremento del Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana, conocido como “plusvalía municipal”. 

En la práctica, este pronunciamiento va a significar que no haya que pagar dicho impuesto desde la fecha de aprobación de la sentencia e incluso con posibilidad de devolución de los importes pagados en determinados supuestos. 

No obstante, el fallo declara la intangibilidad de las situaciones firmes existentes antes de la fecha de aprobación de esta resolución. 

Por este motivo, recomendamos que, si alguna persona ha recibido una liquidación de plusvalía municipal, se ponga en contacto con este despacho para interponer un recurso y evitar que dicha liquidación adquiera firmeza. 

Del mismo modo, aquellos que en los últimos cuatro años hayan pagado este impuesto mediante autoliquidación que no haya sido objeto de comprobación firme, también pueden ponerse en contacto con este despacho para estudiar las posibilidades de solicitar la devolución de ingresos indebidos. 


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